Cursos de Guarda Rural y Especialidades

Cursos de Guarda Rural y Especialidades

Dos veces al año, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado, se convocan las pruebas de selección para Guardas Rurales y sus especialidades.

Podrán participar en las pruebas de selección:

Los aspirantes a Guardas Rurales y a sus especialidades (Guardas de Caza y Guardapescas Marítimos) que acrediten haber superado, en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad, los módulos de formación correspondientes a la modalidad para la que concurran.
 Los aspirantes a las especialidades de Guarda de Caza o Guardapesca Marítimo que ya sean Guardas Rurales y que acrediten haber superado, en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad, los módulos de formación correspondientes a la modalidad para la que concurran. 
Las pruebas selectivas se regirán, además de por la normativa sobre la materia, por el calendario y las bases de la convocatoria de publicación específica.

Las pruebas convocadas serán gestionadas a través del Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil.

La superación de las pruebas habilitará para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la Tarjeta de Identidad Profesional. 

El examen para la obtención de la habilitación constará de dos pruebas:

Prueba de conocimientos teóricos-prácticos.
Prueba de aptitud física.


Más información

Escríbanos  y nos pondremos en contacto con usted para informarle de convocatorias y detalles de cada curso.

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Docentes acreditados

Entidad homologada

Titulación

En instalaciones con ventilación natural 

Entidad Homologada 

Seguridad 44 es una entidad homologada por el SEPROSE, para impartir formación previa dirigida a los aspirantes a Guarda Rural, así como las especialidades de Guarda de caza y Guardapesca marítimo, con numero de registro 380.
Más información

 Requisitos

Para poder concurrir a las citadas convocatorias los solicitantes deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

Ser mayor de edad.
  • Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
  • Estar en posesión de título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
  • Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de Guarda Rural sin padecer enfermedad que lo impida y reunir los requisitos necesarios para prestar servicios de seguridad privada, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas, y para prestar servicios de seguridad privada.
  • Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
  • No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores a la solicitud por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
  • No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores
  • Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso correspondiente en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad y que cuenten con profesores habilitados por la Comisión de valoración del profesorado constituida en el ámbito de la Guardia Civil.
  • Tales requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes que deseen tomar parte en las pruebas que se convocan.

Guarda Rural y Especialidades

 Descripción de las pruebas

Guardas Rurales

Quienes hayan sido convocados a examen para obtener la habilitación como Guardas Rurales realizarán dos pruebas o ejercicios de carácter eliminatorio:
Primera prueba (de conocimientos teórico-prácticos)

Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de sesenta preguntas ajustadas al programa que se acompaña en las bases de la convocatoria específica. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar.

Segunda prueba (de aptitud física)

Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el anexo de la convocatoria, debiéndose superar las marcas y tiempos establecidos en el mismo, teniendo en cuenta que la no superación de alguna o alguno de ellos supone su eliminación. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto».

Está exento de realizar esta prueba únicamente quien ya se encuentre habilitado como Guarda Rural y desee obtener cualquiera de sus especialidades. Tal circunstancia deberá ser reflejada en el apartado correspondiente de la instancia.


Guardas de Caza
Los aspirantes a Guardas Rurales en la especialidad de Guardas de Caza deberán contestar por escrito a un cuestionario de veinte preguntas ajustadas al programa específico que se acompaña en la convocatoria específica. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar.

 
Guardapescas Marítimos
 Los aspirantes a Guardas Rurales en la especialidad de Guardapescas Marítimos deberán contestar por escrito a un cuestionario de veinte preguntas ajustadas al programa específico de la convocatoria. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar.

A su vez, quienes concurran a esta especialidad deberán superar una prueba de aptitud física específica que consistirá en una prueba de natación (50 metros), con arreglo a las marcas exigidas. A diferencia de las pruebas físicas relativas a la modalidad de Guarda Rural, ésta deberá ser realizada por todos los aspirantes a Guardapesca Marítimo en su totalidad, sin excepción alguna.

Los que se presenten en la misma convocatoria a las pruebas para Guardas Rurales y a las de alguna o algunas de sus especialidades, realizarán todas para las que hayan solicitado y hayan sido convocados, debiendo superar las de Guarda Rural para que le sean calificadas las de las especialidades.

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